No derogaron Diputados el arraigo, “sólo lo acotaron”
Arraigo
Con 16 diputados a favor y tres abstenciones, señalan que el arraigo pasa en Baja California Sur de 30 días a 20, “conforme a un parámetro que se ha venido marcando en el contexto nacional en esta materia”.

La Paz, Baja California Sur .- Creemos en la justicia, en una verdadera justicia expresó el diputado Omar Zavala Agúndez al tomar la tribuna para modificar su propuesta de derogar el arraigo para acotarlo a “un máximo de 20 días” y establecer en el código de procedimientos que “cumpla con la obligación de las instituciones de respetar las garantías individuales de los presuntos culpables”.

Luego de una serie de accidentes legislativos, la tarde del martes, los diputados aprobaron, luego de una serie de modificaciones, acotar los lineamientos que plantea el Código de Procedimiento Penales del estado para arraigar a personas incriminadas en delitos “de alta peligrosidad”.

Al tomar la tribuna el diputado expresó que “con el ánimo de ponderar los buenos oficios, la armonía en los trabajos legislativos y la democracia, tomo la decisión de modificar el proyecto de decreto, puesto que creemos que debemos abonar a los avances para lograr una justicia de calidad para todos los Sudcalifornianos”.

Con 16 diputados a favor y tres abstenciones, señalan que el arraigo pasa en Baja California Sur de 30 días a 20, “conforme a un parámetro que se ha venido marcando en el contexto nacional en esta materia”.

En lo relacionado al procedimiento, los legisladores aprobaron que será la autoridad judicial la que a solicitud del Agente del Ministerio Público del Fuero Común pida el arraigo para una persona que en caso de delito grave “haya temor fundado de que el inculpado evada la acción de la justicia” y que éste debe ser en lugar en donde se garantice su comunicación con el exterior y no se vulneren sus derechos humanos.

Entrevistado luego de concluir la sesión Zavala Agúndez respondió:

“Estuve siempre dispuesto al acuerdo político y en ese sentido fue. Podrá haber situaciones encontradas pero así quedó”

— ¿No es igual de inconstitucional 20 como quedó ahora que 30 como estaba establecido antes de la modificación?

—Así está en la Constitución, en el artículo 116 apartado B, lo que sí se hizo es que la medida cautelar no puede ser en una casa de arraigo tiene que ser en un establecimiento, tiene que ser en un lugar en donde haya tanto trato digno como garantía de que no va haber daño moral ni psicológico.

Consulta el documento íntegro de la modificación que la XIII Legislatura aprobó a la medida cautelar

¡Comparte!
0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest
4 Comments
Inline Feedbacks
View all comments