
La Paz, Baja California Sur.- En días pasados, en el Senado de la República, se propuso una reforma a la Constitución para establecer que podrá procederse legalmente en contra de aquellos legisladores federales y locales, ministros y magistrados, funcionarios del Gobierno Federal, gobernadores, consejeros del IFE y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en caso de que cometan un delito grave o sean sorprendidos en flagrancia, sin que se requiera la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados o de los congresos locales.
La iniciativa fue presentada por los senadores panistas Carlos Mendoza Davis y José Rosas Aispuro y fue apoyada por Jorge Luis Lavalle Maury, Fernando Herrera Ávila, Luisa María Calderón Hinojosa, Francisco Búrquez Valenzuela, Francisco Domínguez Servién, Martha Elena García Gómez, Silvia Garza Galván, Francisco Salvador López Brito, Laura Angélica Rojas Hernández, Ernesto Ruffo Appel y Fernando Yunes Márquez, todos ellos también senadores.
La reforma a los artículos 111 y 112 de la Carta Magna permitirá establecer proceso legal a diputados y senadores del Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República y el procurador de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero presidente y los consejeros electorales del Consejo General de Instituto Federal Electoral.
Es decir, todos los servidores públicos mencionados anteriormente, dejarán de gozar de fuero cuando cometan un delito grave o sean sorprendidos en flagrancia.
Los senadores expusieron como razones para proponer la modificación que, aunque el fuero busque proteger la autonomía e independencia de un poder, esto no implica permitir la impunidad a sus miembros.
El artículo 61 de nuestra Carta Magna, se refiere a la inviolabilidad del fuero constitucional, pero debe ser considerado sólo como protección a la función de los legisladores y, al realizarla, el legislador pueda expresarse, pero limitándose a su función constitucional, indicaron los senadores.
La investidura de servidor público conlleva un compromiso directo con la sociedad y el Estado, por lo tanto, si se aspira a construir una patria democrática, se deberá normar el ejercicio de los representantes populares para que este sea responsable y honesto, finalizaron.