Dentro del expediente radicado en el Juzgado II de Primera Instancia del Ramo Penal, derivado del ejercicio de la acción penal en contra de las personas arraigadas por el asesinato de Jonathan Hernández Ascencio, por los delitos de homicidio calificado con premeditación, alevosía y traición, así como por el delito de tentativa de homicidio calificado con premeditación, alevosía y traición en agravio de Daniel y Héctor Hernández Ascencio, se acreditan los extremos constitucionales y procedimentales para que se emitan las respectivas órdenes de aprehensión, y las cuales hasta anoche no habían sido libradas por la instancia penal.
«Pese al desaseo inicial de las actuaciones practicadas por el personal que tuvo a su cargo la fase inicial de la averiguación previa, y el cambio de los servidores públicos a quienes se les encomendó la tarea de continuar con la indagatoria, la participación activa como coadyuvantes de los abogados de la familia, en particular, del padre de uno de los lesionados, connotado penalista, permitió reenderezar el curso de la indagatoria con objetividad y eficiencia procesal», destacó el abogado Arturo Rubio Ruiz.
El expediente turnado al juzgador contiene un cúmulo de material probatorio, tanto pericial científico como testimonial e indiciario, suficientes para tener debidamente demostrado el cuerpo de los delitos por los que se consignó, y la responsabilidad presuntiva de Emilio González Rubio Ojeda, Carlos Alejandro Castro Castro, alias «El Bebo», y Alonso Jaciel Soto Murillo.
De igual manera el pliego de consignación precisa la participación de cada uno de los señalados como autores, tanto materiales como intelectuales, motivo por el cual no se abriga la menor duda de que la Juez II Penal, Rosario del Carmen Palacios Montaño, librará las órdenes de aprehensión solicitadas dentro del plazo legal que para tal caso le impone el Artículo 122 del Código Estatal de Procedimientos Penales, refirió Rubio Ruiz.
«Dada la contundencia-añadió- del material probatorio como la urgencia del caso, si bien el citado artículo le otorga a la juez un plazo de hasta cinco días para librar el mandamiento aprehensorio, no dudamos que la juez brindará las órdenes de aprehensión antes de dicho término, a efecto de que se cumpla con la exigencia constitucional de emitir las resoluciones judiciales de manera pronta y expedita».
Tanto la familia de los ofendidos, como sus abogados confían plenamente en que resuelva positivamente la solicitud de los mandamientos judiciales, y con ello, una vez cumplimentados se inicie de inmediato el proceso penal que permita sostener la acusación durante el juicio, y mejor aún, fortalecer el acopio probatorio con mayores elementos de prueba que se sigan sumando, pues se está trabajando al respecto, y así, al terminar el juicio, se obtenga la sentencia condenatoria que permita a la sociedad sudcaliforniana constatar que en este caso, la justicia estatal responde al reclamo de justicia, señaló Rubio Ruiz.
Y una vez contándose con los mandamientos aprehensorios, los 3 arraigados serán internados al Centro de Readaptación Social de esta ciudad, dentro de la causa penal 59/2010, y la cual esta radicada en la Mesa II del Juzgado II Penal.
Y por cuanto al indiciado que se encuentra prófugo de la justicia -Gary Gaynes Hidalgo-, se agotarán todos los medios al alcance de la familia de los ofendidos, para lograr a la brevedad posible su extradición al figurar como asesino material del crimen de Jonathan Hernández Ascencio, quien fuera privado de la vida de un balazo durante la madrugada del pasado día 4 de marzo del año en curso a las afueras del bar denominado «Las Micheladas».
Cabe destacar que será importante la declración de los arraigados ante la instancia penal, ya que refieren a través de sus representantes legales que ante el Ministerio Público, rindieron declaración previa tortura a la que fueron sometidos.
También de inicio en este medio se informó que al parecer se cuenta con algunos videos que demuestran la posible participación de otros jóvenes en la muerte del joven abogado.
ASI COMO SE TARDARON PARA LOGRAR LA AVERIGUACION EXACTA DE LOS HECHOS, IGUALMENTE ESTA OCURRIENDO PARA PROTEGER A LOS DESGRACIADOS QUE COLABORARON PARA QUE EL MALDITO ASESINO DEL GARY SE PELARA.
!CUANDO VAN A METER A LA CARCEL AL EXPROCURADOR, AL MINISTERIO PUBLICO Y A LOS AGENTES QUE PARTICIPARON EN ESTE VERGONZOSO Y DELEZNABLE ACTO DE PREPOTENCIA HUMILLACION Y MEZQUINO PODER¡
SOLO CUANDO EL GOBERNADOR LO QUIERA O EL PUEBLO SE LO DEMANDE.