El nombramiento de encargado de la Procuraduría es ilegal porque violenta la Constitución General de la República, la Constitucíón del Estado, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de la Procuraduría General de Justicia del Estado: Rubio Ruíz

Luego de que el pasado martes 16 de marzo del 2010 interpuso el recurso de amparo contra actos de poder del gobernador del Estado, Narciso Agúndez Montaño, como la designación de Karím Martínez Lizárraga en calidad de «encargado del despacho» de la Procuraduría General de Justicia del Estado, el Presidente del Consejo Ciudadano para la Atención de Víctimas del Delito A.C, Jesús Arturo Rubio Ruíz, apuntó que la medida jurídica se justifica por la ilegalidad de tal nombramiento que violenta la Constitución General de la República,la Constitución del Estado, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de la Procuraduría General del Justicia en el Estado.

Y precisó que la demanda quedó radicada en el Juzgado Segundo de Distrito en el estado, cuyo titular deberá resolver dicha demanda, una vez que reciba el informe previo y el informe justificado que deberá rendir el gobernador ..

En lo particular, dijo, como litigante, como ciudadano, «me causa agravio la designación hecha por el gobernador estatal de «encargado de despacho«, en franca violación a la normatividad aplicable, pues independientemente de que esa figura no existe en nuestra legislación, le ley aplicable previene, por ministerio de ley, la suplencia en caso de ausencia del procurador, la cual, se establece será cubierta por el subprocurador».

Al realizar el acto que se le reprocha en la vía de amparo, el gobernador se atribuyó facultades de las que carece, por no existir en el derecho positivo norma alguna que lo faculte como titular del Ejecutivo Estatal, a «designar encargado de despacho de la procuraduría de justicia estatal. El acto de autoridad emitido por el gobernador se constituye en una grave violación al estado de derecho, que debe regir todo acto de autoridad, y conleva graves consecuencias jurídicas en el ámbito público, pues todo acto u omisión en que incurra el «encargado del despacho» se encuentra viciado de nulidad plena, y por consecuencia, ello generará en cascada un sucesivo de actos ilícitos, todo ello en perjuicio de la sociedad y en detrimento de la función pública».

Es imperativo que el gobernador estatal revoque su ilegal acuerdo mediante el cual hizo la designación que se combate, y a la brevedad posible, el subprocurador entre en funciones, en tanto el congreso estatal designa al nuevo Procurador General de Justicia del Estado, finalizó Jesús Arturo Rubio Ruíz.

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ROBIN HOOD
ROBIN HOOD
13 years ago

MMM CREO Q ES BUENA LA INQUIETUD DEL ABOGADO RUBIO, SIN EMBARGO LA VIA DE AMPARO RESULTA IMPROCEDENTE, PUES DE MANERA DIRECTA NO LE CAUSA NINGUNA AFECTACION A SU INTERES JURIDICOS, DE HECHO EL DIA DE HOY, LE FUE RECHAZA DICHA PETICION DE AMPARO EN EL JUZGADO DE DISTRITO EN ESTA CIUDAD DE LA PAZ.

ES CUESTION DE DEBATIR, CUAL SERA LA VIA IDONEA PARA COMBATIR, LA ILEGAL DESIGNACION DE CHICHO AGUNDEZ, COMO ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PROCU